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DERECHO CIVIL

El derecho civil es la rama del Derecho Privado que regula temas relativos a las personas, los bienes sucesiones obligaciones y contratos.

Toda controversia que se suscite en relación a estos temas, serán de materia civil.

Juicio Ejecutivo

El juicio ejecutivo es un procedimiento de carácter contencioso de aplicación general o especial según el caso, de tramitación extraordinaria que tiene por objeto el cumplimiento forzado de una obligación que consta en un titulo ejecutivo (perfecto o imperfecto), que consiste en embargar todos los bienes del deudor, con excepción de aquellos bienes inembargables, y con el producto de la realización de dichos bienes pagar la deuda.

Tercería

Las tercerías proceden cuando intervienen en el proceso 3° extraños o ajenos a él, invocando derechos que la ley consagra en relación a los bienes embargados o en relación al pago de la obligación. Arts. 518 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.

Si se embargan bienes que no son del deudor, se puede interponer una Tercería de Posesión, para pretender que los bienes que fueron embargados se recuperen debido a que no son de propiedad de la persona del deudor. Su finalidad es que se reconozca la posesión sobre los bienes embargados para poder excluir dichos bienes del embargo.

Alza de planes de Isapre

La Excelentísima Corte Suprema, ha fallado que las Isapres no pueden subir de manera unilateral los precios base de los planes de salud, ya que ello atenta contra los derechos que el afiliado adquiere cuando firman el contrato, los cuales solo pueden ser modificados por mutuo acuerdo de las partes, salvo en casos excepcionales, los cuales deben ser muy calificados.

Para evitar el alza del plan hay que presentar un recurso de protección, este trámite es totalmente gratuito para usted.

Precario

Precario es la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia de su dueño.

El juicio de comodato precario procede cuando no existe un contrato que habilite a una persona la tenencia de un bien ajeno, en cuyo caso el dueño debe acreditar su dominio y también que el demandado detenta la cosa de que se trata sin título, este juicio tiene por objeto que una sentencia judicial reconozca el derecho del dueño de la cosa sobre la cual se litiga, y ordene su restitución al actual tenedor de ella.

Embargo

El embargo es una medida en virtud de la cual al deudor le está prohibido vender sus bienes para que con la venta de ellos se pague la deuda. Generalmente las especies embargadas quedan en poder del deudor en calidad de depositario; si el deudor vende algún bien, comete el delito de depositario alzado.

Posesión efectiva

La posesión efectiva es un trámite, judicial o administrativo que se realiza con la finalidad que los tribunales de justicia o el registro civil, según corresponda, cuya finalidad es establecer quiénes son los herederos de una persona fallecida y cuáles son los bienes que forman parte de dicha herencia, de forma que éstos puedan disponer de la masa hereditaria.

Juicios de arrendamiento

La ley faculta a un arrendador a entablar un juicio contra el arrendatario de una propiedad que no le ha pagado el arriendo, la demanda se presenta ante los juzgados civiles.

Los juicios de arrendamiento suelen ser rápidos. La primera audiencia debe ser máximo cinco días hábiles después de la notificación de juicio. En esa primera audiencia ambas partes deben relatar los hechos, presentar pruebas y tratar de lograr un acuerdo. Si el demandado no puede presentar pruebas de inmediato, lo puede hacer en una nueva audiencia que debe hacerse dentro de máximo cinco días. Luego de eso, el juez tiene un plazo de diez días para dictar sentencia.

 

La voz de de nuestros clientes

La voz de de nuestros clientes

Pamela G

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